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martes, 27 de agosto de 2024

Por ejecución extrajudicial recomendación de CEDH en caso Paula Josette

Silvia Núñez Esquer

Hermosillo, Sonora | 27 de agosto de 2024

Por ejecución extrajudicial fue emitida la recomendación14/2024 de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Sonora. 

Imagen tomada de la página de fb Justicia X Paula Josette

La resolución dirigida a la Secretaría de Seguridad Pública, responsable de los centros de reinserción en Sonora, refiere las violaciones a derechos humanos de que fue sujeta una mujer de 23 años que realizó una visita a un interno del Centro de reinserción social dos en Hermosillo, Sonora.

El documento de fecha 10 de junio de 2024, publicado en la página web de la CEDH detalla cada una de las negligencias y decisiones que quienes el domingo 14 de enero de 2024 se encontraban como responsables del funcionamiento del centro, así como de las personas que ahí radican, y sus visitantes.

La joven que ingresó al Centreo de reinserción social dos sin presentar identificación oficial, ni algún otro documento oficial que demostrara su identidad, presentó una emergencia de salud mientras permanecía al interior del lugar, misma que no fue atendida de acuerdo a la aparente gravedad de la situación, por lo que finalmente perdió la vida. 

Imagen tomada de la página de fb Justicia X Paula Josette

Las omisiones, negligencias y decisiones erráticas iniciaron con la atención a la emergencia, misma que demostró que al ser día domingo no se contaba con algún médico o médica, ni con personal que pudiera atender una situación inesperada de ese tipo.

Después se traslada en forma inadecuada ya que no se hizo en una ambulancia como requería el caso, para finalmente llegar a un hospital si signos vitales, según uno de los médicos, o con vida, pero falleció en el nosocomio, según otro.

Las contradicciones abundan en la investigación, y se complican pues no sólo se violaron los derechos humanos de la víctima directa, sino de sus familiares, a quienes se avisó de la muerte de la joven a mitad del siguiente día, no sin antes haberlo compartido antes con los medios de comunicación, quienes ya habían reportado el inusual fallecimiento. 

Imagen tomada de la página de fb Justicia X Paula Josette

Por si fuera poco, al momento no les han entregado las pertenencias de la víctima, ni les indican el paradero de las mismas, lo cual abona a las irregularidades del caso, ya que, ante la investigación por posible delito de feminicidio como lo ha solicitado la familia, los objetos forman parte de la propia investigación, pero ninguna autoridad se hace responsable de la ubicación de las mismas.

 

INVESTIGACIÓN SIN PERSPECTIVA DE GÉNERO: MADRE DE VÍCTIMA

Para Briseida Arizona, madre de quien perdiera la vida al interior del Centro de reinserción social dos de Hermosillo, Sonora, si bien la recomendación 14/2024 incluye y detalla las violaciones a los derechos humanos de su hija, el cumplimiento está en función de la carpeta de investigación, misma que no fue iniciada con perspectiva de género. 

Imagen tomada de la página de fb Justicia X Paula Josette

En entrevista para este medio agregó que actualmente lo que buscan es que se reclasifique la investigación al probable delito de feminicidio, ya que de primer momento se inició como “muerte natural u homicidio”, lo cual ha derivado en una sola vinculación a proceso por homicidio culposo para un funcionario del Centro de reinserción social dos.

Reconoce que la CEDH tuvo la atención de emitir una resolución en corto tiempo, pero hay que dar seguimiento a si realmente se tomarán en cuenta todos los elementos que contiene la resolución, o simplemente se quedará como un documento más, como una simple recomendación y no se actúe al respecto.

Briseida asevera que a la fecha es la Fiscalía General de Justicia de Sonora la principal omisa y barrera para que avance la investigación, y con ello se convierte en un obstáculo para el acceso a la justicia.

Comentó que a esta fecha el Secretario de Seguridad Pública Víctor Hugo Enríquez sólo se ha dirigido en una ocasión a la familia de la víctima fallecida al interior del centro de reinserción social, con la presencia del Presidente de la CEDH, sin embargo quedó en una simple plática, lamentó.

Imagen tomada de la página de fb Justicia X Paula Josette

Para Briseida lo ideal es que la recomendación de la CEDH tenga el peso jurídico que les permita  acceder a la justicia, y que también respalde el trabajo de la CEDH para que la sociedad pueda confiar en esa institución.

Si no hay una acción que favorezca a las víctimas, no sirve de nada, sentenció. No sirve de nada que se quede en un simple documento. A más de un mes de la recomendación no hay acciones que reflejen que se esté haciendo algo en la Fiscalía de Justicia.

En relación a una de las cláusulas de la recomendación referente a la disculpa pública, que se debe acordar y consultar con la familia, Briseida explicó que hasta esta fecha no la han contactado para ningún tipo de reflexión al respecto, ya que la única plática con el Secretario de Seguridad Pública, fue informal y no se trató el tema.

Imagen tomada de la página de fb Justicia X Paula Josette

Tampoco el Fiscal General de Justicia o algún funcionario del sistema penitenciario, por el contrario, Nicolino Cangiamilla, Coordinador del Sistema Penitenciario de Sonora designó a un abogado para que defendiera a las personas que en su momento estuvieron imputadas por las negligencias y decisiones que llevaron a la muerte de su hija, precisó.

Lejos de buscar una reparación del daño y reconocer que se violaron los derechos humanos de la joven de 23 años al interior del Centro de reinserción social dos de Hermosillo, han buscado de todas las formas posibles hacer aparecer como que fue una muerte natural y minimizar el hecho, sin siquiera reconocer que hay presentes actos de corrupción al interior de la institución.

Briseida Arizona denunció que van cinco veces que cambian al Ministerio Público, con lo que la Fiscalía busca retardar la investigación. El único avance es que la recomendación fue aceptada poro la SSP dentro de los términos de 15 días hábiles, pero ningún otro avance.

 

EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL POR DOLO EVENTUAL: CEDH

Luis Fernando Rentería Barragán, Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sonora, explicó la diferencia entre el dolo eventual y la culpa, cuando se trata del delito de homicidio.

En entrevista para este medio argumentó que el dolo eventual se presenta cuando las autoridades que son responsables de la integridad de todas las personas que permanecen al interior de la institución, toman decisiones que pueden violar el derecho a la salud o como en este caso, a la vida. 

Imagen tomada de la página de fb Justicia X Paula Josette

Rentería abundó en los argumentos con que justificó la resolución para emitir la recomendación 14/2024, y cómo la muerte de la joven que ingresó sin documento de identificación, entre otras irregularidades al interior del Centro de reinserción social dos de Hermosillo, bajo la responsabilidad de las autoridades de esa institución constituye ejecución extrajudicial.

La serie de decisiones de no actuar llevaron a un resultado, trascienden las meras omisiones, y llevaron a la pérdida de la vida de una persona.

La primera decisión fue del Comité técnico que resolvió permitir la visita de la joven sin cumplir los requisitos formales y aún así se autorizó la visita. La segunda decisión fue, en base a la resolución del Comité técnico, permitir el ingreso, a pesar de que la joven no contaba con una identificación oficial en ese momento. 

Imagen tomada de la página de fb Justicia X Paula Josette

Otra condición decisiva para el fatal desenlace fue la ausencia de personal médico al interior del centro, las cámaras de seguridad no estaban funcionando, y lo más relevante es que cuando ella empieza con un malestar que pone en riesgo su vida, se consulta a un médico por teléfono, quien recomienda que se le traslade a un hospital de inmediato.

Se toma entonces la decisión de no trasladarla al hospital, y se dejan pasar aproximadamente cuarenta minutos para volver a llamar al médico, quien insiste en que es necesario el traslado, y se deja pasar una hora en total, antes de llevarla a atención hospitalaria, y si bien, llegó con signos vitales, no fue posible salvar su vida.

Fueron seis decisiones concretas que llevaron al desenlace del fallecimiento. Rentería Barragán explicó que desde la óptica de los estándares internacionales de derechos humanos que están explicados en la recomendación, cuando ocurre esa cadena de decisiones que tiene como resultado la muerte de una persona al interior de un centro de reinserción, se actualiza la ejecución extrajudicial.


Imagen tomada de la página de fb Justicia X Paula Josette

Consideró que para la Comisión Estatal de Derechos Humanos es importante visibilizar estos casos y atenderlos, ya que anteriormente nunca se les había llamado así. Precisó que han emitido cincuenta recomendaciones por violaciones graves a derechos humanos, entre las que se encuentran 35 por desaparición de personas, cinco por tortura y diez por ejecución extrajudicial.

 

¿Qué dice la recomendación?

Además de fundamentar y motivar las bases jurídicas que respaldan la resolución de la CEDH en el caso de la muerte de una joven de 23 años al interior del Centro de reinserción social dos de Hermosillo, en enero de 2024 mientras visitaba a un interno, se recomienda al Secretario de Seguridad Pública que se inicie un procedimiento administrativo de inmediato, ante el órgano de control interno por los actos y omisiones en perjuicio de las víctimas directas e indirectas. 

Recomendación 14/2024 CEDH Sonora

Coadyuvar activamente con la debida diligencia para el esclarecimiento de los hechos con la autoridad ministerial responsable de la investigación penal del caso en al marco de la carpeta de  investigación, o cualquier otra investigación con motivo de los hechos que se establecen en esa recomendación.

Se establece un plazo de más tardar un año para realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad en relación con los hechos de ese caso, refiriéndose a las violaciones establecidas en la recomendación, así como el compromiso de la institución penitenciaria a su cargo de cumplir la misma, e investigar, sancionar y reparar adecuadamente las violaciones a derechos.

El acto deberá llevarse a cabo mediante una ceremonia pública conducida por el Secretario y deberá de acordarse con la víctima o sus representantes la modalidad del mismo, así como las particularidades que se requieran, tales como el lugar y la fecha para su realización. Dicho acto deberá ser difundido a través de medios de comunicación con la debida anticipación.

En el ámbito de sus atribuciones, capacitar conforme a los más altos estándares internacionales a las personas servidoras públicas en materia sobre prevención de fallecimientos derivado de desacato deliberado de los protocolos aplicables, particularmente los relativos a la atención médica de visitantes y su traslado para atención médica.

Se deberá garantizar que las cámaras de videograbación del centro funcionen, para tener un monitoreo de las personas que ingresan a la institución y de la situación en general del centro, con el fin de prevenir la vulneración de sus derechos. 

Leer: Recomendación 14/2024, emitida el 10 de junio de 2024 por la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Sonora.

lunes, 15 de mayo de 2023

Llaman a participar en el Consejo Ciudadano Contra la Discriminación

Silvia Núñez Esquer

Hermosillo, Sonora | 15 de mayo de 2023


Para conformar el Consejo Ciudadano para Prevenir la Disciminación, CCPRED, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sonora, a través de su Presidencia convoca a postular para integrarse a una de las once posiciones que lo conforman.

La convocatoria está dirigida a personas del sector social, sector privado y/o comunidad académica del Estado de Sonora con reconocida trayectoria en la prevención, combate y eliminación de la discriminación.

El CCPRED es un órgano ciudadano de opinión y asesoría de las acciones, políticas públicas, programas y proyectos que se desarrollen en la materia por parte de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

Las solicitudes pueden ser presentadas presencialmente en las instalaciones de la CEDH o en sus oficinas regionales en los diversos municipios en donde cuenta con representación.

Los documentos se pueden entregar en oficialía de partes de la CEDH ubicada en Boulevard Luis Encinas y Solidaridad sin número, Código Postal 83130, o bien, enviarla al correo electrónico: presidencia@cedhsonora.org.mx, en donde serán atendidas hasta las 15:00 horas del 27 de mayo del 2023.

El comité de selección estará integrado por el Presidente, la Secretaria Ejecutiva, la Diretora General de Administración, la Oficial Mayor y la Segunda Visitadora General, todos de la CEDH.

 

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Entre los criterios de selección se incluye que, quienes aspiren a formar parte del CCPRED deberán entregar la información y documentación completa; que cuenten con experiencia, trayectoria profesional o comunitaria y programa de trabajo.

De acuerdo a la convocatoria la elección se realizará bajo los criterios de igualdad de oportuniades, inclusión, reconocimiento al mérito, confidencialidad, objetividad y transparencia.

Los resultados se darán a conocer en el portal electrónico de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sonora, y en el Boletín Oficial del Estado de Sonora.

Las personas que integren el CCPRED estarán en el cargo en forma honorífica, por lo que su participación no generará ninguna relación laboral con la CEDH.

Las y los once integrantes permanecerán en el cargo durante dos años a partir de la toma de protesta, pudiendo postular para un periodo más por una sola ocasión. La convocatoria estará abierta hasta el 27 de mayo a las 15:00 horas.

miércoles, 5 de octubre de 2022

Llaman Organismos de derechos humanos a Fiscalía de Justicia de Sonora a aceptar 15 recomendaciones por desaparición

Silvia Núñez Esquer | Hermosillo, Sonora | 5 de octubre del 2022

La Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos, FMOPDH, hizo un llamado a la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora para que considere aceptar las 15 recomendaciones que fueron emitidas en forma simultanea por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sonora el pasado 27 de septiembre.

Foto: Silvia Núñez Esquer

En un comunicado publicado este día, el organismo integrado por Procuradurías y Comisiones de Derechos Humanos de los 32 estados de la República y la Comisión Nacional de Derechos Humanos se pronunció por terminar con las prácticas añejas que aún persisten en la procuración de justicia y que tienen por efecto perpetuar la endeble respuesta oficial frente a las víctimas en los casos de desaparición y no localización de personas en el país.

Como se informó la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sonora emitió 15 recomendaciones sobre desaparición de personas por la dilación y negligencia en la investigación de los casos, algunos de ellos sin actividad durante años. 

La Federación de organismos públicos de derechos humanos, organismo que contribuye a fijar el estándar de derecho de las personas a ser buscadas en el país, expuso que, en el marco de la crisis humanitaria evidenciada por la desaparición de las personas en el país, diversas instancias “han contribuido a dar cuerpo al derecho de las personas a ser buscadas desde un enfoque de derechos humanos”.

Para ello se han emitido instrumentos de diversa naturaleza jurídica que desarrollan el núcleo de tal derecho, agrega el comunicado.

 

Derecho de las víctimas a ser buscadas

Para el Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Luis Fernando Rentería el pronunciamiento nacional por las recomendaciones a la fiscalía estatal “Es un reconocimiento muy significativo que se afirme que estamos contribuyendo a nivel nacional a fijar un estándar de derechos humanos tan relevante, como lo es el derecho de las víctimas a ser buscadas, así como a fortalecer un modelo de procuración de justicia que no ha sido el idóneo para atender estas graves violaciones de derechos humanos”.

Agregó que es la primera vez que las comisiones estatales del país y la Comisión Nacional de Derechos Humanos respaldan una acción así de la Comisión de Derechos Humanos de Sonora.

En su comunicado la FMOPDH expresa que el instrumento emitido por la CEDH contribuye a “detener la normalización de la desaparición de personas, así como a detener la carga desproporcionada del Estado –sobre todo las de procuración de justicia- deposita en las familias para encontrar el paradero de las personas”.

En suma, el planteamiento de ese derecho coloca en las instituciones del Estado la responsabilidad de encontrar a las personas, asevera el documento.

 

Llaman a dar seguimiento a recomendaciones 

Sibely Cañedo es Coordinadora de Proyectos en Iniciativa Sinaloa, organización que acompaña jurídicamente algunos casos de desaparición en el Estado de Sonora, entre otras entidades y que recientemente acompañó a familiares de víctimas de desaparición, a presentar una queja en la CEDH. 

Foto: Silvia Núñez Esquer

Opinó que las 15 recomendaciones emitidas simultáneamente representan un acto significativo, el que la CEDH emita un posicionamiento en relación a los casos de desaparición. Pero considera que esa es apenas una pequeña parte del problema.

Por lo tanto, exhorta a que la acción no se quede solo en un pronunciamiento. Es necesario resaltar que “debemos estar alertas al seguimiento de las recomendaciones, exigir su cumplimiento ya que la Fiscalía General de Justicia de Sonora tiene quince días respuesta a la Comisión”.

De lo contrario, el organismo autónomo tiene la facultad de solicitar al Congreso del Estado se cite a comparecer a la titular de la FGJES para que argumente su negativa, ante la opinión pública, explicó.

La abogada de Iniciativa Sinaloa hizo un exhorto a las organizaciones y a la sociedad en general a exigir el cumplimiento de estas resoluciones que incluyen entre otras cosas: completar las investigaciones, continuar con la búsqueda de las personas desaparecidas, sancionar a las personas responsables, fincar responsabilidades ante la opinión pública, así como realizar un acto de disculpa pública en un plazo no mayor de un año.

La FMOPDH concluyó en su comunicado que las recomendaciones de la CEDH dirigidas a la FGJES acreditan graves omisiones en su actuación para la inmediata localización de las personas desaparecidas, dilación injustificada en todas las investigaciones, omisión generalizada de diligencias en las primeras 24 horas y la desatención del Protocolo Homologado para Búsqueda de Personas Desaparecidas.

Por todas las consideraciones anteriores la Federación reconoce la importancia de seguir generando tales instrumentos para fortalecimiento de los derechos de las víctimas.

Finalmente hace un llamado a la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora, para considerar la aceptación de las recomendaciones emitidas por el organismo autónomo de la entidad y así proteger el derecho de las víctimas a ser buscadas.