Mediante las modificaciones aprobadas por unanimidad a la Ley del Servicio Civil y a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado de Sonora quedó establecida la igualdad en derechos laborales a madres adoptivas trabajadoras.
Los derechos a ser incluidos en la Ley del Servicio Civil del Estado de Sonora y en la Ley del ISSSTESON, en igualdad a las madres biológicas, son:
· Dos meses de descanso después del parto o la adopción;
Los derechos a ser incluidos en la Ley del Servicio Civil del Estado de Sonora y en la Ley del ISSSTESON, en igualdad a las madres biológicas, son:
· Dos meses de descanso después del parto o la adopción;
· Dos periodos de media hora cada uno para alimentar al niño;
· Periodo de descanso para el padre con el objeto de convivencia e integración familiar en los días de parto o adopción (tiempo a ser definido por la autoridad);
· Apoyo para lactancia en seis meses después del nacimiento del niño (biológico o adoptado);
· Asistencia médica, en lo conducente.
Fuente: Congreso del Estado de Sonora.
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